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2894/2004-Convalidar Convenio Municipio y Ministerio de Seguridad

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL N° 2.894/04

 

VISTO:

Lo dispuesto por los artículos 41, 107 Y 108 de la LOM y las Leyes 12.154 Y 13.210, los artículos 10,11 Y 12 inc. 1 ° Y 3°, 20 Y 56 de la Constitución de la provincia de Buenos Aires, y;

 

CONSIDERANDO:

Que, la seguridad pública importa para los cuidadanos el goce y ejercicio de sus derechos, libertades y garantías Constitucionales, principio que debe ser resguardado por todos los integrantes de dicho sistema, en el cual el pueblo de la provincia de Buenos Aires y particularmente los habitantes de cada distrito conjuntamente con sus representantes legítimos, se transforman en actores fundamentales del mismo.

Que, la ley 13.210 establece las bases jurídicas de organización de las Policía Comunal de Seguridad, incorporando como nuevo inciso el artículo 5° de la Ley 12.154 de Seguridad Pública, al Intendente Municipal y la Policía Comunal creada por ella. .

Que, la problemática de seguridad en la Provincia y el País, requiere de la articulación operativa, entre los distintos niveles del Estado.

Que, la implementación de la Policía Comunal está prevista para Municipios del interior Bonaerense cuyo número de habitantes no supere los 70.000.

Que, el Municipio de San Antonio de Areco, ha adherido a la Ley respectiva 13.210/04, mediante Ordenanza 2.860/04.

 

Por ello el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad sancionar la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°:Convalídase el Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Seguridad y la Municipalidad de San Antonio de Areco representada por sus titulares el Dr. León Carlos Arslanián y el Dr. Eduardo Jordán respectivamente. 

Artículo 2°: Los anexos que surjan como implementación del Convenio referido deberán ser convalidados individualmente por el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco.

Artículo 3°: De Forma.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco-a los Veinte días del mes de Diciembre del Año Dos Mil Cuatro.