3449/2009-Adhesión a Ley 13976-
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3449/09
VISTO
El expediente Nº 8989/09 y el Convenio suscripto con el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires por medio del cual se propicia la adhesión a la Ley N° 13976, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nacional N° 206/09 se crea el FONDO FEDERAL SOLIDARIO, destinado a financiar en las Provincias y los Municipios, obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos y rurales;
Que el mencionado Fondo se integrará con el treinta por ciento (30 %) de lo que se recaude por los derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y sus derivados, estableciéndose la distribución entre las provincias que se adhieran.
Que mediante Decreto 440/09 la provincia de Buenos Aires, adhirió al Decreto Nacional 206/09, creando el FONDO SOLIDARIO PROVINCIAL, y estipulando que los recursos que ingresen se mantendrán indisponibles hasta tanto la Honorable Legislatura Provincial establezca el criterio de distribución de los mismos;
Que el Sra. Intendente Municipal firmo en el mes de abril un convenio con el Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, a través del cual adhirió al Decreto Provincial N° 440/09, comprometiéndose a sancionar las normas necesarias para la implementación del mismo.
Que la Provincia de Buenos Aires, a través de la Ley N° 13.976, adhirió al Decreto 206/09, fijando que el treinta por ciento (30 %) de dicho Fondo será distribuido entre los municipios en forma automática, según las pautas establecidas en la Ley N° 10559 y modificatorias;
Que es exigencia de la mencionada Ley la adhesión de los municipios, asumiendo el compromiso de destinar los fondos recibidos de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° del Decreto Nacional N° 206/09;
Por ello el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco resuelve por unanimidad emitir la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Convalidase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de San Antonio de Areco y la Provincia de Buenos Aires, representadas por la Sra. Intendente María E. Lennon y el Sr.. Gobernador Daniel O. Scioli respectivamente, por medio del cual el Municipio adhiere al Decreto Provincial 440/09 creador del "Fondo Solidario Provincial", el que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza.
ARTICULO 2º:. Adhiérase la Municipalidad de San Antonio de Areco a la Ley 13.976, mediante la cual la provincia adhiere al Decreto Nacional 206/09 -Fondo Federal Solidario-. Los fondos que se reciban serán destinados de acuerdo a las finalidades establecidas en el artículo 1° del Decreto Nacional N° 206/09. El Departamento Ejecutivo dictará todas las medidas necesarias que permitan dar cumplimiento a lo allí dispuesto.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo y a la Subsecretaría de Política y Coordinación Económica del Ministerio de Economía de la provincia de Buenos Aires, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los trece días del mes de julio de 2009.-