3499/2009-Ley 24146-transferencia inmueble
ORDENANZA REGISTRADO BAJO Nº 3499-09.-
VISTO:
La Resolución Nº 53 de fecha 29 de octubre de 1997, mediante la cual se dispuso transferir a la Municipalidad de San Antonio de Areco el inmueble perteneciente al Estado Nacional (ex Empresa Nacional de Correos y Telégrafos- Encotel), ubicado en calle A. del Valle entre Guido y Alvear de San Antonio de Areco.
Que el citado inmueble cuenta con una superficie de terreno de dos mil ochocientos setenta y ocho metros cuadrados con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados (2.878,44 m2) conforme surge del Plano de Mensura, Unificación y Subdivisión registrado característica Nº 95-12-85 aprobado por la Dirección de Geodesia del Ministerio de Obras y Servicio Públicos de la Provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 108, Parcela 9b.-, y
CONSIDERANDO:
Que, a los fines de poder formalizar la escrituración del inmueble transferido, en los términos de la Ley Nº 24.146.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve sancionar por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1º: Condónale en cumplimiento a lo establecido en el articulo 13º de la Ley Nº 24.146 y en el articulo 10 inciso e) del Decreto Reglamentario Nº 776/93, todas las deudas que, por cualquier concepto (impuestos, gravámenes, tasas, mejoras, contribuciones, etc.) y por cualquier inmueble (tanto aquellos de los que sea titulares del dominio como de los que les han sido afectados) tenga el Estado Nacional y/o el Organismo Nacional de Administración de Bienes en jurisdicción de esta Municipalidad, ya sea que la misma este reclamada en sede administrativa o judicial, asumiendo la obligación de obtener la cancelación de las medidas cautelares, si las hubiere, y de consentir la restitución de las sumas que, por cualquier motivo, se hubiesen depositado en sede judicial.-
Articulo 2º: Otórgale en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 15 de la Ley Nº 24.146 y en el articulo 10 inciso h) del Decreto Reglamentario Nº 776/93, a todos los inmuebles de propiedad del Estado Nacional ubicados en esta jurisdicción municipal una zonificación urbana igual a la que tienen los inmuebles que los circundan, en el plazo de sesenta (60) días a partir de que sea requerido respecto de cada inmueble en particular.-
Articulo 3º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Siete días del mes de Diciembre del año Dos Mil Nueve.-