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4359-18 - Adherir a Ley 15051 Maniobra de Heimlich

                                                                     

                                                                                         REGISTRADA BAJO EL Nº  4.359 / 18

 

VISTO:  

              La reciente Ley Provincial impulsada por la Diputada Alejandra Lorden y aprobada en agosto de éste año y, el Proyecto de Adhesión a la misma presentado en el Congreso Nacional por el Diputado Fabio Quetglas en el mes en curso, acerca de la exhibición de cartelería sobre cómo efectuar o auto efectuarse la “Maniobra de Heimlich”,

y              

                           

CONSIDERANDO:

 

             Que, independientemente del rango provincial de dicha disposición, fortalece la concientización sobre un tema importante en la salud de todos, llevar a cabo la adhesión y acciones desde lo local;

 

              Que, nadie puede dudar de la importancia de difundir e impulsar iniciativas que velen por la salud y hasta lograr salvar vidas propias y de niños, adultos y ancianos;

 

              Que, justamente se entiende como “Maniobra de Heimlich” a la técnica de compresión abdominal utilizada como procedimiento de primeros auxilios para desobstruir

el conducto respiratorio, normalmente bloqueado  por un trozo de alimento o cualquier otro objeto;

 

              Que, es muy común haber tenido experiencias al respecto con gente cercana o bien que compartía algún espacio común con nosotros y percibir lo traumático que es presenciar un atragantamiento o bien padecerlo;

 

              Que, todos recordamos el caso del oficial de policía local Juan Pablo Gasparini, cuando salvo con dicha maniobra a un niño que se había atragantado con un caramelo;

 

              Que, el ámbito de aplicación de las disposiciones de la precita Ley serán en todos los establecimientos gastronómicos, tanto educativos como privados y en lugares de concurrencia masiva como transporte público de pasajeros, estaciones de servicio, cine, clubes y otros espacios de recreación, ubicados en todo el territorio de la República Argentina.

 

Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:

                                                     ORDENANZA

 

 

Artículo 1º :  Adhiérase a la Ley Nº 15.051/2018 sancionada por la Honorable Legislatura

----------------   de la Provincia de Buenos Aires sobre la obligatoriedad de exhibición de cartelería explicativa de cómo efectuar o auto efectuarse la “Maniobra de Heimlich”

 

Artículo 2º :   Encomendar   a   la   Secretaría  de  Salud,  acciones   conjuntas   con

---------------    establecimientos educativos locales, Bomberos Voluntarios y personal     / / /

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especializado para realizar campañas de concientización al respecto.

 

Artículo 3º :  Disponer la colocación de la cartelería instructiva acerca de la “Maniobra de

----------------   Heimlich” en los edificios y oficinas gubernamentales locales.

 

Artículo 4º :  Arbitrar los medios necesarios desde la  Secretaría  o  Dirección  Municipal

----------------   que corresponda, para llevar a cabo el cumplimiento de la presente Ley a la que se adhiere, en los ámbitos de aplicación enunciados precedentemente.

 

Artículo 5º :  Forman parte de  la presente  la  Ley  Provincial  Nº 15.051/18 y los gráficos

----------------  instructivos alusivos que se acompañan como Anexos 1 y 2 respectivamente

 

Artículo 6º : De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                              B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

                         http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: hcdeliberantesada.com.ar