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4314-18 - Contrato Comodato CEATDI

 REGISTRADA BAJO EL Nº  4.314 / 18

 

VISTO:

               Las actuaciones obrantes en el Expediente Administrativo Nº 4102-0541-C/18 por el cual tramita el Contrato de Comodato de un sector del Centro Integrador Comunitario – CIC;   y

 

CONSIDERANDO:

 

               Que, el Consejo Escolar de San Antonio de Areco inicia el presente Expediente Administrativo a fin de tramitar la firma del Contrato de Comodato del inmueble donde funciona el CIC a fin de que funcione el Centro de Estimulación y Aprendizaje Temprano Nivel Inicial (0-3) del Distrito, dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, quién prestará atención especial a niños que son derivados por pediatras del Distrito;

 

              Que, a fojas 6/7 del presente se adjunta el Contrato de Comodato firmado por el Intendente Municipal y el Consejo Escolar;

 

             Que, es necesario que el Concejo Deliberante  convalide la firma del Contrato en cuestión;

 

             Que, el Artículo 55º de la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone que:”El Concejo autorizará las transmisiones, arrendamientos o gravámenes de los bienes públicos y privados municipales por mayoría absoluta del total de sus miembros”.

 

Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:

 

                                                     ORDENANZA

 

 

Artículo 1º :  Convalídese la firma del Contrato  de  Comodato entre la Dirección General

---------------   de Cultura y Educación y la Municipalidad de San Antonio de Areco por parte del inmueble del Centro Integrador Comunitario para el funcionamiento del Centro de Estimulación y Aprendizaje Temprano Nivel Inicial (0-3) del Distrito.

 

Artículo 2º :  De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil diecicocho.