4314-18 - Contrato Comodato CEATDI
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.314 / 18
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente Administrativo Nº 4102-0541-C/18 por el cual tramita el Contrato de Comodato de un sector del Centro Integrador Comunitario – CIC; y
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Escolar de San Antonio de Areco inicia el presente Expediente Administrativo a fin de tramitar la firma del Contrato de Comodato del inmueble donde funciona el CIC a fin de que funcione el Centro de Estimulación y Aprendizaje Temprano Nivel Inicial (0-3) del Distrito, dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, quién prestará atención especial a niños que son derivados por pediatras del Distrito;
Que, a fojas 6/7 del presente se adjunta el Contrato de Comodato firmado por el Intendente Municipal y el Consejo Escolar;
Que, es necesario que el Concejo Deliberante convalide la firma del Contrato en cuestión;
Que, el Artículo 55º de la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone que:”El Concejo autorizará las transmisiones, arrendamientos o gravámenes de los bienes públicos y privados municipales por mayoría absoluta del total de sus miembros”.
Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º : Convalídese la firma del Contrato de Comodato entre la Dirección General
--------------- de Cultura y Educación y la Municipalidad de San Antonio de Areco por parte del inmueble del Centro Integrador Comunitario para el funcionamiento del Centro de Estimulación y Aprendizaje Temprano Nivel Inicial (0-3) del Distrito.
Artículo 2º : De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil diecicocho.
