23/1984-Autorizar nueva escala tarifaria-enero
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL 23/1984
23
6.1.84
ADMINISTRATIVA
TARIFAS
CEOSP
Artículo 1: Autorízase a la Cooperativa de Provisión de Electricidad, Obras y Servicios Públicos, Crédito y Vivienda Limitada de San Antonio de Areco, a aplicar a partir de las facturas cuyo vencimiento opere a partir del primero de enero del corriente año, cualquiera fuera la fecha de lectura del medidor, la siguiente escala tarifaria por consumo de energía eléctrica:
RESIDENCIAL
Cuota fija (haya o no consumo) $a 19.71
Primeros 50 Kwh. $a 0.74
Siguientes 50 Kwh. $a 1.08
Excedente de 50 Kwh. $a 1.77
SERVICIO GENERAL
Cuota fija (haya o no consumo) $a 33.63
Primeros 4.000 Kwh. $a 1.71
Excedente de 4.000 Kwh. $a 1.19
GOBIERNO E INSTITUCIONES
Cuota fija (haya o no consumo) $a 33.63
Consumos Municipales $a 1.56
GRANDES CONSUMOS
Cargo Fijo $a 74.25
Primeros 32.000 Kwh. $a 0.65
Siguientes 68.000 Kwh. $a 0.68
BONIFICACIONES
Cuota fija (haya o no consumo) $a 9.86
Hospital Municipal y pérdida instalaciones $a 0.89
Artículo 2: A las tarifas del Artículo anterior se le adicionará los impuestos que gravan directamente el consumo de energía eléctrica.