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23/1984-Autorizar nueva escala tarifaria-enero

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL 23/1984

23

6.1.84

ADMINISTRATIVA

TARIFAS

CEOSP

 

Artículo 1: Autorízase a la Cooperativa de Provisión de Electricidad, Obras y Servicios Públicos, Crédito y Vivienda Limitada de San Antonio de Areco, a aplicar a partir de las facturas cuyo vencimiento opere a partir del primero de enero del corriente año, cualquiera fuera la fecha de lectura del medidor, la siguiente escala tarifaria por consumo de energía eléctrica:

RESIDENCIAL

Cuota fija (haya o no consumo) $a 19.71

Primeros 50 Kwh. $a 0.74

Siguientes 50 Kwh. $a 1.08

Excedente de 50 Kwh. $a 1.77

SERVICIO GENERAL

Cuota fija (haya o no consumo) $a 33.63

Primeros 4.000 Kwh. $a 1.71

Excedente de 4.000 Kwh. $a 1.19

GOBIERNO E INSTITUCIONES

Cuota fija (haya o no consumo) $a 33.63

Consumos Municipales $a 1.56

GRANDES CONSUMOS

Cargo Fijo $a 74.25

Primeros 32.000 Kwh. $a 0.65

Siguientes 68.000 Kwh. $a 0.68

BONIFICACIONES

Cuota fija (haya o no consumo) $a 9.86

Hospital Municipal y pérdida instalaciones $a 0.89

Artículo 2: A las tarifas del Artículo anterior se le adicionará los impuestos que gravan directamente el consumo de energía eléctrica.