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247/1985-Autorizar cuadro tarifario CEOSP-Diciembre

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL 247/1985

247

30.1.85

ADMINISTRATIVA

TARIFAS

ELÉCTRICAS

CEOSP

 

Artículo 1: Autorízase a la Cooperativa de Provisión de Electricidad, Obras y Servicios Públicos, Crédito y Vivienda Limitada de San Antonio de Areco, a aplicar el siguiente cuadro tarifario, por la prestación del servicio de energía eléctrica correspondiente al mes de diciembre de 1984:

RESIDENCIAL

Cuota fija (haya o no consumo) $a 170,91 p/mes

Primeros 50 Kwh. $a 6.43 p/Kwh.

Siguientes 50 Kwh. $a 9.39 p/Kwh.

Excedente de 100 Kwh. $a 15.41 p/Kwh.

SERVICIO GENERAL

Cuota fija (haya o no consumo) $a 291.65 p/mes.

Primeros 4.000 Kwh. $a 14.82 p/Kwh.

Excedente de 4.000 Kwh. $a 10.33 p/Kwh.

GOBIERNO E INSTITUCIONES

Cuota fija (haya o no consumo) $a 291.65 p/mes.

Consumos Municipales $a 13.50 p/Kwh.

ALUMBRADO PÚBLICO

Consumo Solís y D. Gaynor $a 7.80 p/Kwh.

GRANDES CONSUMOS

Cargo Fijo $a 958.61 p/mes.

Primeros 32.000 Kwh. $a 4.87 p/Kwh.

Siguientes 68.000 Kwh. $a 4.31 p/Kwh.

BONIFICACIONES

Cuota fija (haya o no consumo) $a 85.46 p/mes

Hospital Municipal y pérdida instalaciones $a 7.71 p/Kwh.

 

 

Artículo 2: A las tarifas establecidas en el Artículo anterior se le deberá adicionar los impuestos que graven directamente el consumo de energía eléctrica.