247/1985-Autorizar cuadro tarifario CEOSP-Diciembre
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL 247/1985
247
30.1.85
ADMINISTRATIVA
TARIFAS
ELÉCTRICAS
CEOSP
Artículo 1: Autorízase a la Cooperativa de Provisión de Electricidad, Obras y Servicios Públicos, Crédito y Vivienda Limitada de San Antonio de Areco, a aplicar el siguiente cuadro tarifario, por la prestación del servicio de energía eléctrica correspondiente al mes de diciembre de 1984:
RESIDENCIAL
Cuota fija (haya o no consumo) $a 170,91 p/mes
Primeros 50 Kwh. $a 6.43 p/Kwh.
Siguientes 50 Kwh. $a 9.39 p/Kwh.
Excedente de 100 Kwh. $a 15.41 p/Kwh.
SERVICIO GENERAL
Cuota fija (haya o no consumo) $a 291.65 p/mes.
Primeros 4.000 Kwh. $a 14.82 p/Kwh.
Excedente de 4.000 Kwh. $a 10.33 p/Kwh.
GOBIERNO E INSTITUCIONES
Cuota fija (haya o no consumo) $a 291.65 p/mes.
Consumos Municipales $a 13.50 p/Kwh.
ALUMBRADO PÚBLICO
Consumo Solís y D. Gaynor $a 7.80 p/Kwh.
GRANDES CONSUMOS
Cargo Fijo $a 958.61 p/mes.
Primeros 32.000 Kwh. $a 4.87 p/Kwh.
Siguientes 68.000 Kwh. $a 4.31 p/Kwh.
BONIFICACIONES
Cuota fija (haya o no consumo) $a 85.46 p/mes
Hospital Municipal y pérdida instalaciones $a 7.71 p/Kwh.
Artículo 2: A las tarifas establecidas en el Artículo anterior se le deberá adicionar los impuestos que graven directamente el consumo de energía eléctrica.