286/1985- Autorizar cuadro tarifario para el mes de marzo
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL 286/1985
286
7.5.85
ADMINISTRATIVA
TARIFAS
ENERGÍA ELÉCTRICA
CEOSP
Artículo 1: Autorízase a la Cooperativa de Provisión de Electricidad, Obras y Servicios Públicos, Crédito y Vivienda Limitada de San Antonio de Areco, a aplicar el siguiente cuadro tarifario, por la prestación del servicio de energía eléctrica correspondiente al mes de marzo de 1985:
RESIDENCIAL
Cuota fija (haya o no consumo) $a 297.20 p/mes
Primeros 50 Kwh. $a 11.01 p/Kwh.
Siguientes 50 Kwh. $a 16.05 p/Kwh.
Excedente de 100 Kwh. $a 26.74 p/Kwh.
SERVICIO GENERAL
Cuota fija (haya o no consumo) $a 519.11 p/mes.
Primeros 4.000 Kwh. $a 26.34 p/Kwh.
Excedente de 4.000 Kwh. $a 18.41 p/Kwh.
GOBIERNO E INSTITUCIONES
Cuota fija (haya o no consumo) $a 519.11 p/mes.
Consumos Municipales $a 24.00 p/Kwh.
ALUMBRADO PÚBLICO
Consumo Solís y D. Gaynor $a 14.31 p/Kwh.
GRANDES CONSUMOS
Cargo Fijo $a1779.28 p/mes
Primeros 32.000 Kwh. $a 8.29 p/Kwh.
Siguientes 68.000 Kwh. $a 7.33 p/Kwh.
BONIFICACIONES
Cuota fija (haya o no consumo) $a 148.60 p/mes
Hospital Municipal y pérdida instalaciones $a 13.37 p/Kwh.
Artículo 2: A las tarifas establecidas en el Artículo anterior se le deberá adicionar los impuestos que graven directamente el consumo de energía eléctrica.
Artículo 3: Comuníquese, publíquese, regístrese en el libro de Ordenanzas, hecho, archívese.