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1198/1991-Autorización aplicación tarifas-consumos mes de Enero

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 1.198/1.991

1198,91

14.2.91

AUMENTO ENERGÍA ELÉCTRICA CEOSP

 

Artículo 1 : Autorízase a la Coop. de Electricidad CEOSP de San Antonio de Areco a aplicar el siguiente cuadro tarifario para la facturación del servicio de energía de los consumos del mes de enero, vencimiento febrero de mil novecientos noventa y uno.

Residencial

Cuota fija con derecho a 40 kWh A 19.231,22 por mes

Los siguientes 40 kWh A 419,01 por kWh

45 A 687,61

35 kWh A 701,32

50 kWh A 795,80

100 kWh A 927,04

Excedente de 310 kWh A 1.020,74

 

Servicio General Comercial e Industrial

Cuota fija haya o no consumo A 20.364,66 por mes

Los primeros 250 kWh A 809,65 por kWh

Los siguientes 1200 kWh A 816,45

Los siguientes 2500 kWh A 841,06

Excedente de 3950 kWh A 856,57

 

Gobierno e Instituciones

Cuota fija haya o no consumo A 20.364,66 por mes

Los primeros 250 kWh A 809,65 por kWh

Los siguientes 1200 kWh A 816,45

2500 kWh A 841,06

Excedente de 3950 kWh A 856,57

 

Medianas Potencias

Cargo Fijo A 44.317,32 por mes

Cargo Pico A 471,32 por kWh

Cargo fuera de Pico A 198,40

 

Grandes Potencias

Cargo Fijo A 40.243,62 por mes

Cargo Pico A 339,39 por kWh

Cargo variable Valle A 160,18

Cargo Variables horas restantes A 208,09

 

Alumbrado Público

Con medición de Energía A 613,41 por kWh

 

 

 

 

Artículo 2 : A las tarifas fijadas en el artículo anterior deberán adicionárseles los impuestos que graven directamente el consumo de energía eléctrica y lo estipulado en la Ordenanza General 432 del 27.5.86.

 

Artículo 3 : La presente ordenanza regirá a partir de la fecha de su sanción por este HCD.