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3813-13 - Transf. predio Municp.p-constr.J.Inf.

REGISTRADA BAJO EL Nº  3.813/13

 

VISTO:

               La necesidad de contar con un nuevo Jardín de Infantes;   y

                                                      

CONSIDERANDO:

 

              Que, la construcción de un nuevo Jardín de Infantes impacta de forma considerable en la matrícula escolar;

 

              Que, de ésta forma se abarca un segmento de la población alejado de los actuales Jardines de Infantes en funcionamiento;

 

              Que, es responsabilidad indelegable del Estado en todos sus niveles garantizar el acceso al derecho humano de enseñar y aprender;

 

              Que, es necesario construir un espacio digno para el desarrollo de la actividad educativa del nivel inicial;

 

              Que, la Dirección General de Escuelas necesita contar con la tierra necesaria para dar curso a la construcción de un edificio para el nuevo Jardín de Infantes.

                           

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad, sancionar la siguiente:

 

                                                    ORDENANZA

 

Artículo 1º :  Transfiérase, a título gratuito, a la Dirección General de Cultura y Educación

- - - - - - - - -  de la Provincia de Buenos Aires, el predio de propiedad del Municipio de San Antonio de Areco, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Manzana 19, Parcela 1, cuya superficie estimada es de 4.470,23 m2, con el exclusivo y único destino de albergar la construcción de un Jardín de Infantes.

 

Artículo 2º :  Autorícese al Sr. Intendente Municipal – Dr. Francisco Durañona, a realizar

- - - - - - - todas las tramitaciones administrativas de práctica, a fin de dar efectivo cumplimiento a lo pautado en el Artículo 1º de la presente norma.

 

Artículo 3º :  De forma.

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los once días del mes de septiembre del año dos mil trece.