3813-13 - Transf. predio Municp.p-constr.J.Inf.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.813/13
VISTO:
La necesidad de contar con un nuevo Jardín de Infantes; y
CONSIDERANDO:
Que, la construcción de un nuevo Jardín de Infantes impacta de forma considerable en la matrícula escolar;
Que, de ésta forma se abarca un segmento de la población alejado de los actuales Jardines de Infantes en funcionamiento;
Que, es responsabilidad indelegable del Estado en todos sus niveles garantizar el acceso al derecho humano de enseñar y aprender;
Que, es necesario construir un espacio digno para el desarrollo de la actividad educativa del nivel inicial;
Que, la Dirección General de Escuelas necesita contar con la tierra necesaria para dar curso a la construcción de un edificio para el nuevo Jardín de Infantes.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad, sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º : Transfiérase, a título gratuito, a la Dirección General de Cultura y Educación
- - - - - - - - - de la Provincia de Buenos Aires, el predio de propiedad del Municipio de San Antonio de Areco, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Manzana 19, Parcela 1, cuya superficie estimada es de 4.470,23 m2, con el exclusivo y único destino de albergar la construcción de un Jardín de Infantes.
Artículo 2º : Autorícese al Sr. Intendente Municipal – Dr. Francisco Durañona, a realizar
- - - - - - - todas las tramitaciones administrativas de práctica, a fin de dar efectivo cumplimiento a lo pautado en el Artículo 1º de la presente norma.
Artículo 3º : De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los once días del mes de septiembre del año dos mil trece.