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3797/2013-Aceptar donación predio

REGISTRADA BAJO EL Nº  3797/2013

 

VISTO:

               El Expediente Nº 4102-1269/12 y el Decreto Nº 173 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 22 de abril de 2013; y

                                         

CONSIDERANDO:

 

              Que, mediante el Artículo 1º del Decreto referido en el Visto, el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires aprobó el Acta Acuerdo suscripta entre el Gobierno de la Provincia y el Municipio de San Antonio de Areco, de fecha 4 de septiembre de 2012, celebrado con el objeto de impulsar el desarrollo de un Polo Industrial en el Partido de San Antonio de Areco mediante la conjunción de los esfuerzos entre el Gobierno Provincial y el Municipal;

 

              Que, mediante el Artículo 3º de dicho Decreto se dona al Municipio de San Antonio de Areco el inmueble provincial cuya Nomenclatura Catastral corresponde a la Circunscripción 6, Parcela 903 E, Matrícula 3196 (95) y la parcela que surja del plano a realizarse de conformidad a lo dispuesto en el  Artículo 2º del mismo, con cargo a ser afectados exclusivamente a la construcción, desarrollo y funcionamiento de un Parque Industrial;

 

              Que, a tenor de lo establecido en al Artículo 5º del mencionado Decreto, corresponde la previa aceptación de la donación por Ordenanza Municipal emanada del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco;

 

              Que, la instalación de un Parque Industrial en nuestro Partido, es una política de estado vinculada no sólo a un aspecto productivo, sino de generación de trabajo genuino y digno, de formación y capacitación de nuestra gente y de política de arraigo cuyos destinatarios principales son nuestros jóvenes y niños.

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad, sancionar la siguiente:

 

 

                                                      ORDENANZA

 

Artículo 1º :  Aceptase la donación con cargo efectuada por el Gobierno de la Provincia

- - - - - - - - -   de Buenos Aires al Municipio de San Antonio de Areco mediante Decreto Nº 173 de fecha 22 de abril de 2013, referida al predio cuya Nomenclatura Catastral corresponde a la Circunscripción 6, Parcela 903 E, Matrícula 3196 (95) y la parcela que surja de la subdivisión del predio cuya Nomenclatura Catastral corresponde a la Circunscripción 6, Parcela 903 G, Matrícula 3195 (95).

                                                                                                                    

Artículo 2º :  Aceptase  en  todos  sus  términos  lo  establecido  por  el  Decreto  Nº  173

- - - - - - - - -  mencionado en el Artículo precedente, cuya copia se acompaña como Anexo I y forma parte integrante de la presente Ordenanza.

 

Artículo 3º :  Autorícese al Departamento Ejecutivo a realizar los actos notariales de rigor

- - - - - - - - -   estipulados en el Artículo 5º del Decreto Nº 173/13, así como todos aquellos actos necesarios para la materialización de lo establecido en el mencionado Decreto.

 

Artículo 4º :  De forma. 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los tres días del mes de julio del año dos mil trece.