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3428/2009-Donación al Parque Criollo y Museo R.Guiraldes-Sras.Fabiana y Gabriela Pazzaglia

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3428/09.-

 

VISTO:

 

Las actuaciones obrantes en expediente administrativo Nº 4102-2216-P/08 de las que surge que se dona al Municipio 1 (uno) PADRILLO Lobuno Moro denominado "Ocho Maniático" con marca a fuego "1374" propiedad de la Sra. Fabiana y Gabriela PAZZAGLIA, y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la voluntad del donante es que los elementos integren el Patrimonio Municipal con destino exclusivo al Parque Criollo y Museo Gauchesco "Ricardo Güiraldes".-

 

Que, la donación del mencionado equino es muy importante para el mejoramiento del plantel del Parque Criollo.-

 

Que, el artículo 57º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es el Honorable Concejo Deliberante, quien aceptara o rechazara las donaciones.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad sancionar la siguiente:

 

 

ORDENANZA

 

 

Artículo 1º: Aceptase la donación efectuada por las Sras. Fabiana y Gabriela PAZZAGLIA, consistente en 1 (uno) PADRILLO Lobuno Moro denominado "Ocho Maniático" con marca a fuego "1374" propiedad de las Sras. Fabiana y Gabriela PAZZAGLIA, con un valor estimado en $ 5.000 (PESOS CINCO MIL) destinado al Parque Criollo y Museo Gauchesco "Ricardo Güiraldes".-

 

Artículo 2º: Agradézcase por donde corresponda al donante.-

 

Artículo 3º: De forma.-

 

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Cuatro días del mes de Mayo de Dos Mil Nueve.-