2730/2003-Puestos de informacion turistica-uso exclusivo municipal
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL N° 2.730/2003.
VISTO:.
Que, el Turismo en el Partido de San Antonio de Areco se ha convertido en un elemento fundamental dentro del quehacer economice y cultural, y;
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CONSIDERANDO:
Que, el impulso que, en los últimos años le ha dado a esta actividad, e! Poder Ejecutivo y el Honorable Concejo Deliberante.
Que, es notable el incremento de visitantes a nuestro pueblo durante la actual temporada, debido además a la implementación del Calendario Turístico, ya la creación del Ente de Turismo "ARECOTUR".
Que, es tarea de la Municipalidad, informar y orientar con la mayor precisión y objetividad a los visitantes sobre los servicios que nuestros prestadores ofrecen, presentándolos a todos ellos en igualdad de condiciones, por estar debidamente registrados.
Que, existen lugares estratégicos espacios públicos para la difusión, orientación e información, a los visitantes, los cuales por las razones expresadas anteriormente, deberán ser utilizados por el Municipio.
Que, con el fin de evitar confusiones y/o malestar a los prestadores con respecto a los servicios que brinda la Municipalidad por un lado y articulares por otro al compartir esos espacios. '
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco resuelve por unanimidad, sancionar la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1°:Declárese "Uso exclusivo municipal" a un radio de 100 (cien) metros a la redonda en donde se encuentre ubicado todo puesto de información turística oficial comprendido en espacio público.
Artículo 2°: Sólo - estarán facultades para brindar servicios en esos puntos las dependencias de la -órbita municipal, sin excepción.
Artículo 3°:El denominado sector "Uso exclusivo municipal ", deberá ser debidamente demarcado y señalizado por la Municipalidad.
Artículo 4°: Los citados puestos municipales, solo podrán brindar información, de aquellos prestadores de servicios debidamente registrados.
Artículo 5°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Treinta del mes de Diciembre del año Dos Mil Tres.