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3233/2007-Construccion sendero peatonal y ciclistico

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3233/2.007

3233,07

17.9.07

CAMINO

PEATONAL Y CICLÍSTICO

VISTO:

La necesidad de disponer de un sendero peatonal consolidado a la vera del camino José A. Güiraldes y su continuación denominado Camino del Parque.

CONSIDERANDO:

Que el tránsito peatonal y de bicicletas en el lugar es muy intenso.

Que esto se ve incrementado teniendo en cuenta el crecimiento poblacional que se observa en los Barrios Amespil y Presidente Frondizi.

Que estas arterias conectan el Parque Criollo y Museo Gauchesco Ricardo Güiraldes, sumando a la circulación regular la de turistas y visitantes al lugar.

Que numerosos vecinos, que practican caminatas y actividades aeróbicas, seleccionan esta arteria para realizar dichas actividades.

Que los peatones se ven muchas veces obligados a caminar sobre la superficie de pavimento, viéndose obligados a compartir el espacio con vehículos y ciclomotores, debido a que las banquinas no están en condiciones, principalmente los días de lluvias o posteriores a estos.

Que esta situación irregular se encuentra agravada durante la noche, por la pobre iluminación que existe en el lugar.

Que de acuerdo a lo aquí descripto los peatones se encuentran expuestos en estas arterias a un altísimo riesgo de sufrir accidentes de consecuencias adversas para el propio accidentado y el eventual causante del mismo.

Que los vecinos han solicitado en este HCD la solución al problema y para ello han solicitado la construcción de un sendero sobre alguna de las banquinas linderas a las arterias mencionadas.

Artículo 1º: Autorízase al DE a construir un sendero consolidado para uso peatonal y bici senda en uno de los lados del camino José A. Güiraldes y su continuación Camino del Parque.

Artículo 2º: Que la Oficina de Obras Públicas elabore el proyecto técnico siguiendo las indicaciones para este tipo de obras y proceda a la ejecución de la misma observando las normas de coexistencia del camino actual con la futura senda.

Artículo 3º: Autorizase al DE a adecuar las partidas en el presente presupuesto en ejecución a los efectos de poder darle curso a la ejecución de esta obra.