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3238/2007-Ampliacion cesion Congregacion San Camilo

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3238/2.007

3238,07

8.10.07

AMPLIACIÓN CESIÓN CONGREGACIÓN SAN CAMILO CONSTRUCCIÓN

HOGAR DE TRÁNSITO. ETC

VISTO:

La petición por parte de la Congregación San Camilo, indicando la necesidad de ampliar la superficie del lote de terreno asignado para construir un Salón de Usos Múltiples y Hogar de Transito en el Barrio Municipal "Teodoro Domínguez" de nuestro distrito.

La existencia de "espacios verdes y libre público y otros destinados a reserva para equipamiento comunitario" y teniendo en cuenta que hay lugares concebidos merced la aplicación de la Ley 8.912 como en diferentes subdivisiones públicas y privadas realizadas en nuestra ciudad que a continuación se detallan: Plano Nº 95.28.95, Circ. I, Secc. C, Qta. 17- Pc. 4ª, ubicada en Barrio Municipal Teodoro Domínguez de 2.592 m2 de superficie aproximada; y;

CONSIDERANDO:

Que la ampliación de este espacio es indispensable ya que el sector originalmente cedido en la ordenanza registrada bajo el Nº 3204/07, es insuficiente para la realización del proyecto destinado a atender familias en situaciones de riesgo social que requieran en forma transitoria contención y apoyo para mejorar sus condiciones de vida.

Que el proyecto de la Congregación San Camilo se encuadra en actividades de tipo comunitario.

Que existe la factibilidad de compensación de dicha porción de tierra en virtud de la 8912/77 Art. 56 y Art. 61.

Que existen parcelas detrás del Barrio Don Pancho, ubicadas en zona deprimida desde el punto de vista planialtimétrico, cercanas al río Areco.

Que se han presentado otras solicitudes de compensación con objeto similar al presente ante el HCD.

Artículo 1º: Desaféctese la superficie de 715 m2 del lote de terreno designado como espacios verdes y reserva para equipamiento comunitario con nomenclatura catastral: Plano Nº 95.28.95, Circ. I, Secc. C, Qta 17-Pc.4ª, ubicada en la intersección de las calles E. Barletti y Amelia M. de Zeoli y Orofino en Barrio Municipal Teodoro Domínguez, lindando al predio donde esta implantada la Sala de 1º Auxilios en dirección Este-Oeste.

Artículo 2º: Aféctese la superficie de 715 m2 del lote de terreno referidos en el artículo precedente anexo al sector originalmente cedido en la ordenanza registrada bajo el Nº 3204/07, autorizando al Departamento Ejecutivo a entregar en comodato dicho espacio en los mismos términos de lo prescripto por la Ordenanza 3204/07.

Artículo 3º: Afectase parte del bien Municipal ubicado catastralmente como: Circ. I, Secc. C, Qta 5, Fracción I Mz. 5b3, Pc. 2 y 3 con una superficie total de las parcelas de 716,13 m2 (Proyecto de Subdivisión plano 95-2-89, "La numeración de las manzanas y parcelas utilizadas en este proyecto se referencian en el plano adjunto quedando sujeta la nomenclatura definitiva cuando se culmine el trámite de subdivisión respectivo") para ser destinado a Espacios verdes y libre público y reserva para equipamiento comunitario en la proporción necesaria para compensar el bien desafectado en el artículo 1º.