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2674/2003-Eximicion tasas Parroquia San Patricio

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2674/2.003.-

2674

11.8.03

ADMINISTRATIVA

AUTORIZACIÓN

EXIMICIÓN TASAS

PARROQUIA SAN PATRICIO

VISTO:

La petición realizada por la Parroquia San Patricio (Instituto Palotino), y;

CONSIDERANDO:

Que, en expediente administrativo N° 4102-0621-P/03, solicita la eximisión de Tasas Municipales de inmuebles de su propiedad (Mz.67. Pc.7 y Pe. 3 A-, Mz. 15 C Pe. 9 y Pe. 8 y Mz. 143, Pare. 7 F)

Que, las entidades religiosas reconocidas por el Ministerio de Relaciones y Culto y con Personería Jurídica acreditada son pasibles de ser eximidas de Tasas Municipales.

Artículo 1°: Autorícese al Depto. Ejecutivo a Eximir a las Instituciones Religiosas de Vida Consagrada del Partido de San Antonio de Areco, del pago de las Tasas de Servicios Urbanos Municipales, que graven aquellos inmuebles de su propiedad exclusivamente donde funcionen sus iglesias y/o Instituciones Educativas por el Ejercicio 2003, siempre y cuando las Instituciones lo soliciten por escrito y acrediten en expediente iniciados al efecto, con la previa certificación de autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto debiendo agregar además la Personería Jurídica de la Entidad solicitante.