2675/2003-Eximicion tasas Hogar de Ancianos San Jose
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2675/2.003.-
2675
11.8.03
ADMINISTRATIVA
AUTORIZACIÓN
EXIMICIÓN TASAS
HOGAR SAN JOSÉ
VISTO:
La solicitud presentada por el Hogar de Ancianos San José, según expediente N° 4102- 0028-H/03, y;
CONSIDERANDO:
Que, el mencionado Hogar de Ancianos cumple con una labor loable para con nuestros mayores, en cuanto a su cuidado y atención.
Que, el mismo alberga a 60 ancianos, quince de ellos son indigentes y el resto tiene pensiones graciables, que en muchos casos no son suficientes para cubrir los gastos de medicamentos y pañales para adultos.
Que, el monto máximo que percibe este hogar por persona es de $ 300.
Que, es facultad del Honorable Concejo Deliberante otorgar exenciones a los contribuyentes conforme lo
Artículo 1°: Exímase del pago de la Tasa por Servicios Urbanos a todos los hogares de ancianos, que alberguen a personas indigentes en un porcentaje no menor al 20 % y que no cobren por sus servicios más de $ 300 por persona. Ello por ejercicio del año 2003.