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2675/2003-Eximicion tasas Hogar de Ancianos San Jose

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2675/2.003.-

2675

11.8.03

ADMINISTRATIVA

AUTORIZACIÓN

EXIMICIÓN TASAS

HOGAR SAN JOSÉ

VISTO:

La solicitud presentada por el Hogar de Ancianos San José, según expediente N° 4102- 0028-H/03, y;

CONSIDERANDO:

Que, el mencionado Hogar de Ancianos cumple con una labor loable para con nuestros mayores, en cuanto a su cuidado y atención.

Que, el mismo alberga a 60 ancianos, quince de ellos son indigentes y el resto tiene pensiones graciables, que en muchos casos no son suficientes para cubrir los gastos de medicamentos y pañales para adultos.

Que, el monto máximo que percibe este hogar por persona es de $ 300.

Que, es facultad del Honorable Concejo Deliberante otorgar exenciones a los contribuyentes conforme lo

Artículo 1°: Exímase del pago de la Tasa por Servicios Urbanos a todos los hogares de ancianos, que alberguen a personas indigentes en un porcentaje no menor al 20 % y que no cobren por sus servicios más de $ 300 por persona. Ello por ejercicio del año 2003.