2728/2003-eximicion tasa Servicio Urbanos-Sr.Atilio Fagnani
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL N° 2.728/2003.
VISTO
Lo solicitado por al Sr. Atilio Fagnanl y que diera origen al expediente
administrativo No 41 02-0176"F/03, y;
CONSIDERANDO:
Que, al Contribuyente, se encuentra Imposibilitado de cumplir con sus obligaciones fiscales.
Que, se le ha dado Intervención a la Dirección de Acción Social y demás organismos competentes.
Que, la Ordenanza Fiscal Capitulo General, Inciso b), contempla una disminución en la tasa a aquellos Indigentes, que demuestren fehacientemente su imposibilidad de pagar las tasas municipales.
Qué, . es facultad del Honorable Concejo Deliberante, expedirse por el tema en cuestión.
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco resuelve por unanimidad, sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1º: Procédase a la eximición parcial del 30% del pago de la Tasa de Servicios Urbanos Municipales al. Sr. Fagnani, Atilio R. con L.E. N° 703.157, por el año 2003, número da Contribuyente 900, de su propiedad designada catastralmente como Circ. 1 Mz. 1 Pc. 6G, ubicada en Irigoyen 729 de esta localidad, según lo establecido en la Ordenanza Fiscal, Capitulo General, Inciso b).
Articulo 2°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Treinta del mes de Diciembre del año Dos Mil Tres.-