2735/2004-Eximicion tasa Clubes
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2735/2.004.-
2735
28.6.04
ADMINISTRATIVA
EXIMISIÓN
TASAS
CLUBES
VISTO:
La petición realizada por e! Club Social y Deportivo Progreso de Villa Lía, y;
CONSIDERANDO:
Que, en expediente administrativo M° 4102-0161-C/04, solicita la eximisión de ¡a Tasa por Servicios Urbanos Municipales de inmuebles de su propiedad ( manzana 17 A - Parcela 1,2,17,15 y 16) y de la Tasa Seguridad e Higiene que tributa por el salón de fiestas habilitado a tal fin en las instalaciones del la Sede Social.
Que, las entidades sociales reconocidas como entidad de bien público y con personería jurídica acreditadas son pasibles de ser eximidas de Tasas Municipales.
Que, la institución solicitante ha cedido a la Municipalidad de San Antonio de Areco, las instalaciones para la práctica deportiva y cultural dependiente de la Escuela Municipal de Deportes y Dirección de Cultura respectivamente.
Artículo 1°: Exímase a todos los clubes sociales y deportivos de! Partido de San Antonio de Areco, con personería jurídica, del pago De las Tasas Municipales (Servicios Urbanos y Seguridad e Higiene), que graven aquellos inmuebles de su propiedad cuyas instalaciones hayan sido cedidas en virtud de la prestación ce algún uso y/o servicio a la Municipalidad por e! Ejercicio 2004.