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2934/2005-Eximicion tasas clubes

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2934/2.005.-

2.934

9.5.05

ADMINISTRATIVA

EXIMISIÓN

TASAS

CLUBES

VISTO:

La petición realizada por el Club de Pescadores " Río Areco" de San Antonio de Areco, y;

CONSIDERANDO:

Que, en Expediente Administrativo N°4102-0110-C/05, solicita la eximición de la Tasa por Habilitación por un Salón de Fiestas, ubicado en el inmueble de su propiedad ( Circ. II, Secc. Ota. Mz.; Pe. 115).

Que, las entidades sociales reconocidas como Entidad de Bien Público y con Personería Jurídica acreditadas son pasibles de ser eximidas de Tasas Municipales.

Que, la institución solicitante posee una trayectoria de servicio a la comunidad.

Artículo 1°: Exímase a todos los clubes sociales y deportivos de San Antonio de Areco, con personería jurídica, del pago de las Tasas de Habilitación Municipal por Salón de Fiestas, ubicados en inmuebles de su propiedad por el Ejercicio 2005.