2977/2005-Eximicion tasas Centro de Jubilados
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2977/2.005.-
2977
14.11.05
ADMINISTRATIVA
AUTORIZACIÓN
EXMICIÓN TASAS
CENTROS DE JUBILADOS
VISTO:
La petición realizada por el Centro de Jubilados y Pensionados de San Antonio de Areco, en expediente administrativo N° 4102-0415-C/05 y;
CONSIDERANDO:
Que solicita la eximisión del pago de la Tasa por Habilitación por su Salón de Fiestas ubicado en el inmueble de su propiedad, sito en la calle Zapiola N° 474.
Que las entidades sociales reconocidas como Entidad de Bien Publico y con Personería Jurídica acreditada son pasible de ser eximidas de Tasas Municipales.
Que la Institución solicitante posee una trayectoria de servicio a la comunidad.
Artículo 1°: Exímase a todos los Centros de Jubilados y Pensionados de San Antonio de Areco, con Personería Jurídica, del pago del 50% (cincuenta) la Tasa de Habilitación Municipal por Salón de Fiestas, por el ejercicio 2005.