Imprimir

3203/2007-Eximicion pago renovacion licencia de conducir

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3203/2.007

3203,07

25.6.07

EXIMISIÓN

TASA RENOVACIÓN

LICENCIA DE CONDUCIR

BOMBEROS

VISTO:

La solicitud presentada por la Asociación de Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad y que diera origen al expediente administrativo Nº 4102-0757-A/07, y;

CONSIDERANDO:

Que los integrantes del Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios han solicitado la exención del pago de la renovación de las licencias de conducir, para aquellos Bomberos que cumplen con tareas de chofer de las unidades móviles de la Institución.

Que es intención del Departamento Ejecutivo apoyar la tarea diaria que realiza la mencionada Institución.

Que atento a los tiempos difíciles que corren, es imprescindible asistir a miembros del Cuerpo Activo a los efectos de que puedan continuar con la tarea loable que vienen realizando hace muchos años en pro del bienestar y la seguridad de los habitantes de esta Comunidad.

Que la Asociación de Bomberos Voluntarios se encuentra reconocida como Entidad de Bien Público a nivel municipal, sin fines de lucro.

 

Artículo 1º: Exímase, al Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios de San Antonio de Areco, que cumplen con funciones de chofer de las unidades móviles propiedad de la Institución, del pago de la renovación de las licencias de conducir, según lo contemplado en la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.