3261/2007-Eximicion tasas Centros Recreativos
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3261/2.007
3261,07
28.11.07
EXIMICIÓN TASAS
CENTROS RECREATIVOS
VISTO:
La petición realizada por el Centro Recreativo "Hipólito Vieytes" de la localidad de Duggan, partido de San Antonio de Areco, en expediente administrativo Nº 4102-1592-C/06, y;
CONSIDERANDO:
Que solicita la eximicion del pago de la Tasa por Habilitación por su Salón de Fiestas ubicado en el inmueble de su propiedad, cito en la calle José Luis Galarza y San Martín.
Que las entidades sociales reconocidas como Entidad de Bien Público y con Personería Jurídica acreditada son pasibles de ser eximidas de Tasas Municipales.
Que la Institución solicitante posee una trayectoria de servicio
Articulo 1º: Exímase a todos los Centros Recreativos, del Partido, con Personería Jurídica, del pago de la Tasa de Habilitación Municipal por Salones de Fiesta, ubicado en inmuebles de su propiedad.
