3336/2008-Eximicion tasas Sociedades de Socorros Mutuos
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL 3336 /2008
VISTO:
La presentación efectuada por la Sociedad Española de Socorros Mutuos de San Antonio de Areco, que diera origen al expediente administrativo N° 4102- 0007-S/08, y;
CONSIDERANDO:
Que, solicita la exención de la Tasa por Seguridad e Higiene, Contribuyente N° 3971, que tributa por el Salón de Fiestas y Bailes que posee en sus instalaciones y habilitado a tal fin por la Tasa de Servicios Urbanos por su inmueble designado catastralmente como Circo 1, Secc. B, Mz. 109, Contribuyente N° 281400.- Que, la Institución peticionante realiza labor cultural y de recreación abierta a la Comunidad de nuestro Pueblo.- Que, estas entidades reconocidas como entidad de bien público y con personería jurídica acreditadas son pasibles de ser eximidas de Tasas Municipales.- Que, la Sociedad Española de Socorros Mutuos funciona como Asociación Mutual sin fines de lucro de conformidad a lo establecido por la Ley N° 20.321/73.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Exímase del pago de las Tasas Municipales (Servicios Urbanos y Seguridad e Higiene), a todas las Sociedades de Socorros Mutuos, cuyas instalaciones hayan sido cedidas en virtud de la prestación de algún uso ylo servicio a la Municipalidad por el ejercicio 2008 y por el 30% (treinta por ciento) en las tasas antes mencionadas.-
Articulo 2°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco a los Treinta días del mes de Junio del año Dos Mil Ocho.-
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL N° 3338 /2008
VISTO:
La solicitud presentada por el Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios de San Antonio de Areco, en expediente administrativo N° 4102-0468 - Al08, y;
CONSIDERANDO:
Que, solicitan las exenciones del pago de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales que tributan por los inmuebles de su propiedad.Que, es digno reconocer todos y cada uno de los servicios que estos realizan en representación de la Asociación de Bomberos Voluntarios.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Exímase en un 100% (ciento por ciento) a todos los contribuyentes integrantes del Cuerpo activo de Bomberos Voluntarios de San Antonio de Areco del pago de la Tasa de Servicios Urbanos, por el periodo 2008 que tributan por inmuebles de su propiedad, declarada como vivienda de residencia y uso permanente designados catastralmente como:
|
Contribuyente N° Circo |
Secc. |
Qta. |
Mz. |
PC. |
Propietario |
|
|
860800 |
I |
C |
39 |
|
TESTONI, Guillermo |
|
|
57400 |
|
A |
23 |
|
||
|
446300 |
|
C |
6 |
6b |
|
|
|
317100 |
|
B |
131 |
|
||
|
954500 |
|
C |
28 |
28b |
11 |
PENNO, Ezequiel. |
|
622700 |
|
A |
8 |
4 |
NIBALLO, Jorge Eliseo. |
|
|
303400 |
|
B |
124 |
15c FIORE, Jorge Oscar. |
||
|
95000 |
|
A |
38 |
3a RAMIREZ, Horacio. |
||
|
268100 |
|
B |
103 |
|
||
|
411300 |
|
B |
172c |
|
SCEPPACUERCIA, José |
|
|
Articulo 2°: De forma.- |
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Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Catorce días del mes de Julio del año Dos Mil Ocho.-
