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3427/2009-Eximicion tasas Clubes Sociales y Deportivos

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3427/09.-

 

VISTO:

 

Las presentaciones efectuadas por loa Clubes Sociales y Deportivos de San Antonio de Areco, que dieran origen a los expedientes administrativos Nº 4102-0049- C/09, 4102-0293- C/09, 4102-0207- C/09, y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que, solicitan la exención del pago de la Tasa de Servicios Urbanos por inmuebles de su propiedad y de la Tasa de Seguridad e Higiene que tributa por la habilitación del Salón de Fiestas y conserjerías, estas habilitadas a nombre del Club y que funcionan en las instalaciones de la Sede Social.-

Que, las Instituciones peticionantes realizan una importante labor cultural y de recreación abierta a la Comunidad de nuestro Pueblo.-

Que, las Instituciones solicitantes han cedido a la Municipalidad de San Antonio de Areco, las instalaciones para la práctica deportiva y cultural dependiente de la Escuela Municipal de Deportes y Dirección de Cultura respectivamente.-

Que, estas entidades reconocidas como entidad de bien público y con personería Jurídica acreditadas son pasibles de ser eximidas de Tasas Municipales.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad sancionar la siguiente:

 

 

 

ORDENANZA

 

 

Artículo 1º: Exímase a todos los Clubes Sociales y Deportivos de San Antonio de Areco, con personería jurídica, del pago de la Tasa por Servicios Urbanos, que graven aquellos inmuebles de su propiedad o cuyas instalaciones hayan sido cedidas en virtud de la prestación de algún uso y/o servicio a la Municipalidad, o bien que ejecuten programas deportivos aprobados por la Dirección de Deportes Municipal, por el ejercicio 2009.-

 

Artículo 2º: Exímase a todos los Clubes Sociales y Deportivos de San Antonio de Areco, del pago de la Tasa Seguridad e Higiene que tributan por la Conserjería y/o Salón de Fiestas habilitada estos exclusivamente por el "Club" y que funcionen en Sede Social, por el ejercicio 2009.-

 

Artículo 3º: De forma.-

 

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Cuatro días del mes de Mayo de Dos Mil Nueve.-