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3436/2009-Eximicion tasas cuerpo activo de Bomberos

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3436/09

 

VISTO:

La solicitud presentada por el Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios de San Antonio de Areco, en expediente administrativo Nº 4102-0536-A/09, y;

 

 

CONSIDERANDO:

Que, solicitan las exenciones del pago de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales que tributan por los inmuebles de su propiedad.-

Que, es digno reconocer todos y cada uno de los servicios que estos realizan en representación de la Asociación de Bomberos Voluntarios.-

Que, la tarea que llevan a cabo, en muchos casos poniendo en riesgo su propia vida, pos de la integridad física de las personas.-

 

Que, es facultad del Honorable Concejo Deliberante otorgar las exenciones por el artículo 40º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad, sancionar la siguiente:

 

 

ORDENANZA

 

 

Articulo 1º: Exímase en un 100% (ciento por ciento) a todos los contribuyentes integrantes del Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios de San Antonio de Areco del pago de la Tasa de Servicios Urbanos, por el periodo 2009 que tributan por inmuebles de su propiedad, declarada como vivienda de residencia y usos permanente designados catastralmente como:

 

Contribuyente Nº Circ. Sec. Qta. Mz. Pc. PROPIETARIO

860800 I C 39 1 TESTONI, Guillermo

446300 I C 6 6b 11a PELLEGRINI, Dante

954500 I C 28 28b 11 PENNO, Ezequiel

622700 VI A 8 4 NIBALLO, Jorge Eliseo

303400 I B 124 15c FIORE, Jorge Oscar

95000 I A 38 3a RAMIREZ, Horacio

268100 I B 103 12f HERNANDEZ, Marcelino

411300 I B 172c 19 SCEPPACUERCIA, José

 

Artículo 2º: De forma.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los dieciocho días del mes de Mayo del año Dos Mil Nueve.-