2668/2003-Prohibicion manipulacion documentos historicos
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2668/2.003.-
2668
14.7.03
ADMINISTRATIVA
PROHIBICIÓN
MANIPULACIÓN
DOCUMENTOS HISTÓRICOS
VISTO:
La particular controversia suscitada con autoridades de la Biblioteca Popular Belgrano y profesores y alumnos del Ciclo Polimodal, en relación a la utilización en consulta de los documentos pertenecientes al Archivo Histórico Municipal del cuál la primera es legal y legítima depositaria; y
CONSIDERANDO:
Que, tal situación debe subsanarse dentro de un marco que contemple las pautas básicas inherentes a la manipulación o no de éste tipo de documentos de carácter histórico, debiendo preverse para ello la intervención de personal idóneo que pueda evaluar in-situ las características del material en cuestión;
Artículo 1°: Dispóngase la suspensión por el plazo de treinta (30) días -contados a partir de la promulgación de la presente norma- de toda manipulación, duplicación, estudio y/o tratamiento técnico fotográfico de todos y cada uno de lo documentos Originales pertenecientes al Archivo Histórico Municipal del cuál la Biblioteca Popular "Manuel Belgrano" es legal y legítima depositaría.
Artículo 2°: Establézcase que, durante el plazo de treinta (30) días - contados a partir de la promulgación de la presente norma- el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de sus áreas competente y la Biblioteca Popular "Manuel Belgrano" deberán acordar y reglamentar la utilización del Archivo Histórico Municipal, elevando tales actuaciones a éste H. Concejo Deliberante para su análisis y posterior aprobación. -

