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2668/2003-Prohibicion manipulacion documentos historicos

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2668/2.003.-

2668

14.7.03

ADMINISTRATIVA

PROHIBICIÓN

MANIPULACIÓN

DOCUMENTOS HISTÓRICOS

VISTO:

La particular controversia suscitada con autoridades de la Biblioteca Popular Belgrano y profesores y alumnos del Ciclo Polimodal, en relación a la utilización en consulta de los documentos pertenecientes al Archivo Histórico Municipal del cuál la primera es legal y legítima depositaria; y

CONSIDERANDO:

Que, tal situación debe subsanarse dentro de un marco que contemple las pautas básicas inherentes a la manipulación o no de éste tipo de documentos de carácter histórico, debiendo preverse para ello la intervención de personal idóneo que pueda evaluar in-situ las características del material en cuestión;

Artículo 1°: Dispóngase la suspensión por el plazo de treinta (30) días -contados a partir de la promulgación de la presente norma- de toda manipulación, duplicación, estudio y/o tratamiento técnico fotográfico de todos y cada uno de lo documentos Originales pertenecientes al Archivo Histórico Municipal del cuál la Biblioteca Popular "Manuel Belgrano" es legal y legítima depositaría.

Artículo 2°: Establézcase que, durante el plazo de treinta (30) días - contados a partir de la promulgación de la presente norma- el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de sus áreas competente y la Biblioteca Popular "Manuel Belgrano" deberán acordar y reglamentar la utilización del Archivo Histórico Municipal, elevando tales actuaciones a éste H. Concejo Deliberante para su análisis y posterior aprobación. -