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828/1988-Construccion salas

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 828/1.988

828

9.8.88

ADMINISTRATIVA

CONTRUCCIÓN

HOSPITAL

VISTO:

Que siendo la salud una de las áreas de mayor importancia que le concierne al ciudadano del deber público la que deberá ser atendida y mejorada celosamente y,

CONSIDERANDO:

Que se puede observar un notable crecimiento de nuestra población en estos últimos años sumando al requerimiento de la zona que en materia de salud concurre a esta Ciudad;

Que el Hospital Municipal se encuentra dotado de equipos y elementos suficientes para brindar una nueva y variada atención a todo tipo de pacientes, además de poseer toda la instalación de terapia intermedia, laboratorio, banco de sangre y quirófanos debidamente equipados, contando además con un grupo electrógeno recientemente adquirido que se encuentra en etapa de instalación.

Que las estadísticas actuales de pacientes internados asciende aproximadamente a la cantidad de 150 mensuales contando solo con 72 camas disponibles.

Que dicho Hospital cuenta con la concurrencia no solo del sector indigente, sino también con cualquier tipo de clase social encontrándose satisfechos con la atención que allí se brinda.

Que dicho nosocomio factura y recauda mensualmente una suma de dinero casi igual a la que se gasta en su funcionamiento.

Que el Intendente Municipal a la venida del Ministro de Salud y Acción Social de la Nación Dr. Ricardo Barrios Arrechea en el mes próximo pasado formalizó un pedido para la ampliación del mismo el que accedió a dicho pedido por lo que contamos con la colaboración de ese Ministerio.

Que debemos aunar y canalizar esfuerzos en pro de la Salud y el Bienestar social.

Que es necesario ampliar la capacidad de salas de internación en el Hospital "Emilio Zerboni".

Artículo 1: Autorízase al Departamento Ejecutivo a construir la primera etapa de ampliación de salas para internados en el Hospital Municipal "Emilio Zerboni"

Artículo 2: La primera etapa constará de 21 habitaciones con sus correspondientes baños individuales, servicio de apoyo (estación de enfermería) y su correspondiente circulación.

Artículo 3: Dicha obra se realizará por administración Municipal ejecutándose de acuerdo al plano y memoria descriptiva que se adjunta a la presente.

Artículo 4: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados a la siguiente partida:

FINALIDAD 1 – Administración Central

 

  1. – Obras en el Hospital "Emilio Zerboni"