2039/1998-Creacion Cuerpo de rondas Sanitarias
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2039/1.998
2039
28.7.98
ADMINISTRATIVA
CREACIÓN
CUERPO DE RONDAS SANITARIAS
VISTO:
Que los sistema de salud privados no está al alcance de toda la población y en especial de los habitantes de los barrios periféricos y que la atención pública a través de los Organismos Municipales resulta insuficiente ante la demanda de atención facultativa especialmente en los ciudadanos de menores o escasos recursos, y;
CONSIDERANDO:
Que es de urgente necesidad brindar a través de los organismos pertinentes una atención adecuada, no solamente a los adultos sino de especial atención a los niños y jóvenes que residen en los Barrios.
Artículo 1 : Créase el Cuerpo de Rondas Sanitarias compuesto por un profesional médico clínico o pediatra y una enfermera profesional pertenecientes al personal afecto al Hospital Zerboni.
Artículo 2 : El personal se designará por elección del Director de Salud del Hospital Zerboni, quien será el responsable directo del personal que se afecta a las tareas como al cumplimiento de las mismas.
Artículo 3 : El Cuerpo de Rondas Sanitarias tendrá a su cargo un relevamiento de la salud de la población y si fuese requerido por las circunstancias, vacunar para completar los esquemas previstos por la Dirección de Salud.
Artículo 4 : Los barrios en que el Cuerpo deberá actuar serán: 23 de Octubre, Alborada, Esperanza, Teodoro G. Domínguez, Presidente Perón, Prado, Amespil, Presidente Frondizi, Solidaridad, Don Pancho, Las Quintas y visitas a las escuelas que designe el DE, previa firma del Convenio con las autoridades educativa provinciales.
Artículo 5 : El Director de Salud programará estas Rondas tres veces por año o las veces que crea conveniente , debiendo realizar un informe por escrito de los relevamientos y atenciones realizadas, con copia del mismo al Señor Intendente y al HCD.