Imprimir

2039/1998-Creacion Cuerpo de rondas Sanitarias

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2039/1.998

2039

28.7.98

ADMINISTRATIVA

CREACIÓN

CUERPO DE RONDAS SANITARIAS

VISTO:

Que los sistema de salud privados no está al alcance de toda la población y en especial de los habitantes de los barrios periféricos y que la atención pública a través de los Organismos Municipales resulta insuficiente ante la demanda de atención facultativa especialmente en los ciudadanos de menores o escasos recursos, y;

CONSIDERANDO:

Que es de urgente necesidad brindar a través de los organismos pertinentes una atención adecuada, no solamente a los adultos sino de especial atención a los niños y jóvenes que residen en los Barrios.

Artículo 1 : Créase el Cuerpo de Rondas Sanitarias compuesto por un profesional médico clínico o pediatra y una enfermera profesional pertenecientes al personal afecto al Hospital Zerboni.

Artículo 2 : El personal se designará por elección del Director de Salud del Hospital Zerboni, quien será el responsable directo del personal que se afecta a las tareas como al cumplimiento de las mismas.

Artículo 3 : El Cuerpo de Rondas Sanitarias tendrá a su cargo un relevamiento de la salud de la población y si fuese requerido por las circunstancias, vacunar para completar los esquemas previstos por la Dirección de Salud.

Artículo 4 : Los barrios en que el Cuerpo deberá actuar serán: 23 de Octubre, Alborada, Esperanza, Teodoro G. Domínguez, Presidente Perón, Prado, Amespil, Presidente Frondizi, Solidaridad, Don Pancho, Las Quintas y visitas a las escuelas que designe el DE, previa firma del Convenio con las autoridades educativa provinciales.

 

Artículo 5 : El Director de Salud programará estas Rondas tres veces por año o las veces que crea conveniente , debiendo realizar un informe por escrito de los relevamientos y atenciones realizadas, con copia del mismo al Señor Intendente y al HCD.