2724/2003-Autorización Pre-Convenio-Curso Auxiliares de Enfermería-
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL N° 2.724/2003.
VISTO:
La vigencia de la Ley N° 12.245, reglamentada por Decreto N° 2225/01, que rige el ejercicio de la Enfermería en la Prov. de Bs. As. la cual establece en su Artículo 23 inciso b) los plazos para obtener el Certificado de Auxiliar de Enfermería que los habilite para el desempeño de la profesión, a aquellos agentes que se hallaren prestando servicios en establecimientos asistenciales y no cuenten con el título que los habilite para tal fin, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el servicio de Enfermería del Hospital Municipal "Emilio Zerboni" se desempeñan agentes empíricos.
Que, dicha situación debe revertirse mediante el dictado de un curso de capacitación que permita a los mismos la continuidad de prestación de sus servicios en un todo de acuerdo con los términos de la referida Ley.
Que, el Ministerio de Salud de la Prov. de Bs. As. a través de la Región Sanitaria IV, está facultado para el dictado de Cursos de Enfermería en los distintos establecimientos de su jurisdicción.
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco resuelve por unanimidad, sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorízase a proceder a la firma del Pre - Convenio con la Región Sanitaria IV, Ad-Referendum del que suscribirá en forma definitiva el Sr. Ministro de Salud de la Prov. de Bs. As. para el dictado del Curso de Auxiliares de Enfermería en el Hospital Municipal "Emilio Zerboni" de San Antonio de Areco.
Artículo 2°: El gasto que demande el dictado del curso de referencia será atendido con fondos de este Municipio afectando las siguientes partidas del Presupuesto vigente:
Finalidad 2. Programa 1 .
1.1. 1. 2.3 Personal Mensualizado 1.1. 2. 11 Viáticos y Movilidad 1.1.2.14.3 Gastos Generales Varios.
Artículo 3°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Quince días de! mes de Diciembre del año Dos Mil Tres.