3135/2006-Modificacion ordenanza 3126/06-curso enfermeria
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3135/2.006.-
3135
LEGISLATIVA
MODIFICACIÓN
ORDENANZA 3126/06 ART. 2
FINANCIACIÓN
CURSO ENFERMERÍA
VISTO :
Lo determinado por la Ordenanza municipal N° 3126/06, y;
CONSIDERANDO:
Que los gastos que demanda la implementación de la Carrera de Técnico Superior de Enfermería, que comenzará en marzo de 2007, serán absorbidos por este Municipio, de acuerdo al cálculo presupuestario previsto.
Que es necesario dejar constancia que el Ministerio de Salud de la Provincia se hará cargo de los haberes y demás costos de la Coordinadora de la carrera Técnico Superior en Enfermería.
Artículo 1°: Modifíquese el artículo 2° de la ordenanza N° 3126/06, el cual quedara redactado de la siguiente manera: Artículo 2°: Los gastos que demanden la implementación de la carrera de técnico Superior en Enfermería, serán imputados a la partida presupuestaria que corresponda, a excepción de los haberes y demás costos de la Coordinadora de dicha carrera, que serán solventados por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.