1201/1991-Bonificaciones
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 1.201/1.991
1201
8.3.91
PERSONAL
BONIFICACIONES
VISTO:
La comunicación recibida a raíz de la reunión de la Comisión Paritaria Municipal de la Provincia, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha resuelto acordar un salario mínimo conformado de A 1.780,000 como política salarias de emergencia para el mes de Febrero de 1991 y en atención a que esta comuna no está en condiciones de afrontar la erogación que significa otorgar el incremento salarias de emergencia estipulado, no obstante lo cual es intención de este Municipio, propender al mejoramiento de la situación económica de nuestros asalariados, sobre quienes recae el mayor peso de la crisis actual.
Artículo 1 : Dentro del marco de nuestras posibilidades presupuestarias, institúyase un Plan de Asistencia social de emergencia para el personal municipal, destinado a paliar la situación crítica por la que atraviesan ellos, el que se instrumentará a través del pago de una asignación especial para cubrir las necesidades de movilidad y alimentación del personal.
Artículo 2 : De conformidad a lo preceptuado por los arts. 26 y 27 de la Ord. Gral 207, créase a partir del 1° de Febrero de 1991, una bonificación especial de Australes Cinto Cincuenta Mil (A150.000) para atender los gastos de movilidad en que deben incurrir los trabajadores municipales para concurrir a prestar servicios.
Artículo 3 : Créase una asignación especial en concepto de refrigerio, la que será percibida por todos los atentes municipales a partir del 1° de Febrero de 1991 lo que se fija en la suma de Australes Trescientos Cincuenta mil (A 350.000).
Artículo 4 : Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza serán imputados a la siguiente partir del presupuesto de gastos:1.1.1.3.5.3, Bonificación Especial.