Imprimir

1273/1992-Derogacion ordenanza 460/86

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 1.273/1.992

 

1273

26.5.92

LEGISLATIVA

DEROGACIÓN

ORDENANZA460/86

VISTO:

La Ordenanza Nº 460/86 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 29 de julio de 1986, mediante la cual se modifica el plazo de licencia por maternidad acordado en la Ordenanza General 207 (Art. 49), y

CONSIDERANDO:

Que el plazo de dicha licencia resulta extremadamente gravoso para esta Comuna, puesto que se torna sumamente dificultoso proceder a reemplazar a cada agente que se encuentra en esa situación, por el término de ciento treinta y cinco días, y en atención a que el plazo que acordaba la Ordenanza 207 en su artículo 49, guarda consonancia con todos los estatutos particulares vigentes y aplicables al personal que se desempeña en relación de dependencia.

Artículo 1: Derogase a partir del día 1 de abril de 1992, la Ordenanza Nº 460/86.

Artículo 2: El personal femenino gozará de licencia por maternidad con goce íntegro de haberes por el término de noventa (90) días. Esta licencia comenzará a contarse a partir de los siete meses y medio de embarazo, el que se acreditará mediante la presentación de certificado médico. No obstante lo dispuesto precedentemente, la embarazada podrá optar por la reducción de la licencia anterior al parto, que en ningún caso podrá ser inferior a treinta (30) días; en tal supuesto, el resto del período total de licencia, se acumulará en el período de descanso posterior al parto.