2637/2003-Lugares insalubres
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2637/2.003.-
2637
14.4.03
ADMINISTRATIVA
SOLICITAR
MINISTERIO DE TRABAJO
LUGARES INSALUBRES MUNICIPALES
VISTO Y CONSIDERANDO:
Lo actuado en el Expediente N° 4102-0143-D/03.
Que, es necesario que se arbitren los medios para obtener la Declaración de los recintos insalubres pertenecientes a . ésta Municipalidad, por parte del Ministerio de Trabajo.
Que, es imprescindible contar con la misma para que los agentes Municipales, conforme a la tarea que realicen, puedan jubilarse en términos mas beneficiosos que los que cuentan en la actualidad.
Que, es menester asimismo, solicitar al Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, dicte el correspondiente Decreto.
Artículo 1°: Solicitase al Ministerio de Trabajo, que a través del área competente, realice todos los actos tendientes a obtener la Declaración de tareas insalubres, a aquellas que se efectúan en los siguientes lugares de trabajo, cubiertos por agentes de la Municipalidad de San Antonio de Areco: Cementerio, Recolección de residuos, barrido, red cloacas, agua corriente, y Centro del hospital Municipal: quirófano, lavadero, morgue y radiología, área Hemoterapia y Laboratorio.
Artículo 2°: Solicitase al Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, una vez concluido el trámite correspondiente al que se hace referencia en el artículo 1° del presente, dicte el Decreto declarando como tareas insalubres, las realizadas en los lugares de trabajo del Municipio de San Antonio de Areco, que establezca la autoridad competente.
