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1701/1995-Construccion complejo hotelero

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 1.701/1.995.-

 

 

                                  

            Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio  de Areco, sanciona por unanimidad la siguiente:

 

ORDENANZA.-

 

ARTICULO 1º: Autorizase la construcción del Complejo Hotelero, en la parcela 39 de la Circunscripción II, distrito del Plan Regulador  URa bpq 31, a la Empresa Cina Cina.-

 

 

ARTICULO 2º: Solicitase al Departamento Ejecutivo analice la posibilidad de acceder a la solicitud de exención de los derechos de construcción y agua de construcción a la obra aludida,  dado la importancia  de la misma.-

 

ARTICULO 3º: De Forma.- 

 

 

Dada en  la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los  siete  días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cinco.-