2441/2001-Modificacion Ordenanza 2168/99
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2441/2.001.-
2441
LEGISLATIVA
MODIFICACIÓN
ORDENANZA PREVENTIVA 2168/99
VISTO:
Que el nomenclador de actividades de la Ordenanza Preventiva Nº 2.381/01 no incluye el rubro “Florería” en el Distrito UC;
El artículo 13 de la Ordenanza 2.255/00 donde se incorporó el rubro “Florería” a los Distritos UR1 y UR2 de la Ordenanza Preventiva;
Que en el Distrito UP1 (Urbano Público Institucional) que sufre mayores restricciones, se permite el uso de Florerías; y,
CONSIDERANDO:
Que dicho uso no altera las condiciones de habitabilidad de la Ciudad;
Que en el artículo 82º de la Ordenanza Preventiva Nº 2.168/99 dice que “dada la complejidad del estudio de los usos y la continua modificación o variación que sufren los mismos, se respetarán el nomenclador de actividades que forma parte de dicha Ordenanza, quedando al arbitrio de la Oficina Técnica Municipal la incorporación o exclusión de rubros, la que deberá ser aprobada por el H. Concejo Deliberante, excluyéndose la convalidación de la Secretaría de Tierras y Urbanismo”.
Artículo 1: Incorpórese al Distrito UC de la Ordenanza Preventiva Nº 2.168/99, el rubro “FLORERIA”.
