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2786/2004-Uso no conforme-supermercado

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2786/2.004.-

2786

28.6.04

ADMINISTRATIVA

AUTORIZACIÓN

USO NO CONFORME

NATALIA OROZCO

VISTO:

La solicitud de habilitación de un comercio destinado al rubro supermercado , presentada por la Sra. Natalia Orozco D.N.I. N° 24.062.129, domiciliada en Martínez 646 de San Antonio de Areco, que funcionaría en el inmueble sito en la intersección de las calles Gral. Paz y Belgrano denominado Catastralmente como Gire. I, Sección A, Manzana 74, Parcela 11 b , y;

CONSIDERANDO:

Que, el Plan Regulador no contempla en dicha zona el desarrollo de esa actividad.

Que, la solicitud radica en el cambio de firma del emprendimiento continuando con la explotación del mismo rubro que viene efectuando desde hace tiempo.

Que, los vecinos inmediatos han manifestado por escrito su conformidad con el funcionamiento del citado comercio.

Que, de acuerdo a las normas de procedimiento de !a Ordenanza Preventiva del Plan Regulador en su artículo 49 dice: Los edificios afectados a usos no conformes, podrán mantener el uso no conforme sin modificación ni alteración alguna en sus locales y condiciones de uso. La interrupción del uso sea por cambio de firma, venta, cese temporario de la actividad por mas de 180 días, implicará el cese definitivo del uso no conforme, pudiendo ser habilitado nuevamente para un uso conforme. Y el artículo 50 dice: Los usos no conformes que generen denuncias de vecinos serán evaluados en forma particularizada por la OTM, pudiendo caducar el permiso de uso no conforme si se constatara perjuicio o peligrosidad, o establecer medidas para evitar las molestias para la población del distrito de emplazamiento.

Artículo 1°: Autorízase  como edificio    NO CONFORME  a  aquellos  puesto a consideración   por  la   Sra.   Natalia   Orozco   D.N.Í.   Nc  24.062.129denominado Catastralmente como Circ. í, Sección A, Manzana 74, Parcela 11 b de nuestra localidad, ( supermercado en calles Grai. Paz y Belgrano ), en razón de indicado en la Ordenanza N.° 2.678/03 y en un todo de acuerdo a lo normado por los artículos 49,50,51,55 y 56 del Punto 6 ( Normas de Procedimiento) de la Ordenanza N° 2,381/01, pudiendo proceder el mismo a iniciar y/o finalizar según el caso las tramitaciones de práctica para la obtención de sus correspondiente habilitación comercial.