2834/2004-Fabrica de Elaboracion de maiz, trigo y arroz
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2834/2.004.-
2834
13.10.04
ADMINISTRATIVA
AUTORIZACIÓN
USO NO CONFORME
ALBERTO DE LORENZI
VISTO:
La solicitud de habilitación de un comercio destinado al rubro "Habilitación de Fábrica de Elaboración de Maíz, Trigo y Arroz" , presentada por el Sr. Alberto Deiorenzi D.N.i. N° 22.588.991, domiciliada en Alsina y Guido de San Antonio de Areco, que funcionará en ei inmueble sito en ia intersección de las calles Bolívar y España, denominado Catastralmente como Circ. i, Sección C, Manzana 41a, Parcelaos , y;
CONSIDERANDO:
Que, el Plan Regulador no contempla en dicha zona e! desarrollo de esa actividad.
Que, la Dirección de Producción, se ha pronunciado técnicamente a favor de otorgar e! uso al solicitante.
Que, por tratarse de un emprendimiento productivo que contribuiría al desarrollo socio económico de nuestro distrito.
Que, de acuerdo a las normas de procedimiento de !a Ordenanza Preventiva del Plan Regulador en su artículo 49 dice: Los edificios afectados a usos no conformes, podrán mantener e! uso no conforme sin modificación ni alteración alguna en sus locales y condiciones de uso. La Interrupción del uso sea por cambio de firma, venta, cese temporario de la actividad por mas de 180 días, implicará el cese definitivo del uso no conforme, pudiendo ser habilitado nuevamente para un uso conforme. Y e! artículo 50 dice: Los usos no conformes que generen denuncias de vecinos serán evaluados en forma particularizada por la OTM, pudiendo caducar el permiso de uso no conforme si se constatara perjuicio o peligrosidad, o establecer medidas para evitar las molestias para la población del distrito de emplazamiento.
ARTICULO 1º: Autorízase como edificio NO CONFORME a consideración por aquel puesto a Sr. Alberto Deíorenzi D.N.I. NQ 22.588.991, en la Circ. I, Sección C, Manzana 41a, Parcela 23 de nuestra localidad ( Fábrica de Elaboración de Maíz, Trigo y Arroz inflado, en ¡a caííe Bolívar y España), en razón de indicado en la . Ordenanza N° 2.678/03 y en un todo de acuerdo a lo normado por los artículos 49,50,51 ,55 y 56 del Punto 6 ( Normas de Procedimiento) de la Ordenanza N° 2.381/01, pudiendo proceder el mismo a iniciar y/o finalizar según el caso las tramitaciones de práctica para la obtención de sus correspondiente habilitación comercial.
