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3022/2006-Habilitacion comercio-Almacen y/o similares

 

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3022/2.006.-

3022

3.5.06

ADMINISTRATIVA

AUTORIZACIÓN

USO NO CONFORME

COOP. AGROPECUARIA

VISTO:

La solicitud de habilitación de un comercio "almacén y/o similares" presentado por Cooperativa Agropecuaria de SADA Ltda., domiciliada en calle Arellano 151 partido de San Antonio de Areco, que funcionaría en el inmueble sito en calle Arellano 151, denominado catastralmente como Circ. I y Secc A Manzana 43 parcela 2 y;

CONSIDERANDO:

Que el Plan regulador no contempla en dicha zona el desarrollo de la actividad.

Que según normas de procedimiento de la Ordenanza Preventiva del Plan Regulador en el artículo 49 dice:  los edificios afectados a uso no conforme podrán mantener el uso no conforme sin modificación ni alteración alguna en sus locales y condiciones de uso. La interrupción del uso, sea por cambio de firma, venta, cese temporario de la actividad por mas de 180 días implicará el cese definitivo del uso no conforme pudiendo ser habilitado nuevamente, para uso conforme. Y el artículo 50 dice: los usos no conformes que generan denuncias de vecinos, serán evaluados en forma particularizada por la OTM, pudiendo caducar el permiso de uso no conforme si se constatara perjuicio o peligrosidad o establecer medidas para evitar las molestias para la población del distrito de emplazamiento.

Artículo 1°:Autorícese como edificio con uso no conforme a aquel puesto a consideración por la Cooperativa Agropecuaria SADA Ltda. En la Circ. I Secc. A manzana 43 parcela 2 de nuestra localidad, (almacén y/o similares).En razón de lo indicado en la Ordenanza 2678/03 y en un todo de acuerdo a lo normado por los artículos 49, 50, 51, 55 y 56 del punto 6 (normas de procedimientos) de la Ordenanza 2381/01, pudiendo proceder el mismo a iniciar y/o finalizar, según el caso las tramitaciones de práctica para la obtención de su correspondiente habilitación Comercial.