3129/2006-Habilitacion comercio-Autoservicio
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3129/2006
15.11.06
VISTO :
La solicitud de habilitación de un comercio destinado al rubro "Autoservicio" presentado por Minghui Chen, domiciliado en calle Alem 280, partido de San Antonio de Areco, que funcionaría en el inmueble sito en la calle Alem 280, propiedad del Sr. Spoltore Fabiana Beatriz, denominado catastralmente como Circ. I - Secc. B - Mz. 92 - Pe. 15; y
CONSIDERANDO:
Que el Plan regulador no contempla en dicha zona el desarrollo de la actividad,
Que según normas de procedimiento de la ordenanza preventiva del plan regulador en el artículo 49 dice: "Los edificios afectados a usos no conforme podrán mantener el uso no conforme, sin modificación ni alteración alguna en sus locales y condiciones de uso. La interrupción del uso, sea por cambio de firma, venta, cese temporario de la actividad por mas de 180 días, implicará el cese definitivo del uso no conforme, pudiendo ser habilitado nuevamente, para un uso conforme". Y el artículo 50° dice: "Los usos no conformes que generan denuncias de vecinos, serán evaluados en forma particularizada por la O.T.M., pudiendo caducar el permiso de uso no conforme si se constatara perjuicio o peligrosidad o establecer medidas para evitar las molestias para la población del distrito del emplazamiento".
Artículo 1°: Autorícese como edificio con Uso No Conforme a aquel puesto a consideración por el Sr. Mingui Chen, en la Circ. I - Secc. B - Mz. 92- Pe. 15 de nuestra localidad, el rubro (autoservicio) en un todo de acuerdo a lo normado por los art. 49°, 50°, 51°, 55° y 56° del punto 6 (normas de procedimientos) de la ordenanza N° 2.381/01, pudiendo proceder el mismo a iniciar y/o finalizar, según el caso, las tramitaciones de práctica para la obtención de su correspondiente habilitación comercial.