Imprimir

3253/2007-Venta de alimento balanceado, semillas e insumos

   ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3253/2.007

3253,07

28.11.07

AUTORIZACIÓN

USO NO CONFORME

SANTIAGO M. HEREDIA

VISTO:

La solicitud de habilitación de un Local destinado al rubro “Venta de alimento Balanceado, semillas e insumos” presentado por el Sr. Heredia Santiago M. con domicilio en calle Smith 384 partido de San Antonio de Areco, que funcionaría en el inmueble sito en la calle Yrigoyen 522, propiedad del Sr. García Francisco, denominado catastralmente como Circ, I – Secc. A- Mz. 26- Pc. 6k y 6m, y;

CONSIDERANDO:

Que el Plan Regulador no contempla en dicha zona el desarrollo de la actividad.

Que según Normas de Procedimiento de la Ordenanza Preventiva del Plan Regulador en el artículo 49 dice: “Los edificios afectados a usos no conforme podrán mantener el uso no conforme, sin modificación ni alteración alguna en sus locales y condiciones de uso. La interrupción del uso, sea por cambio de firma, venta, cese temporario de la actividad por más de 180 días, implicará el cese definitivo del uso no conforme, pudiendo ser habilitado nuevamente, para un uso conforme”. Y el artículo 50 dice: “Los usos no conformes que generan denuncias de vecinos, serán evaluados en forma particularizada por la O.T.M., pudiendo caducar el permiso de uso no conforme si se constatara perjuicio o peligrosidad o establecer medidas para evitar las molestias para la población del distrito de emplazamiento”.

Artículo 1º: Autorícese como edificio con Uso No Conforme a aquel puesto a consideración por el Sr. Heredia Santiago M. en la Circ. I – Secc. A – Mz. 26 – Pc. 6k y 6m de nuestra localidad, el rubro (Venta de Alimento Balanceado, semillas e insumos) en un todo de acuerdo a lo normado por los artículos 49º, 50º, 51º, 55º y 56 del punto 6 (Normas de Procedimiento) de la Ordenanza Nº 2.381/01, pudiendo  iniciar o finalizar, las tramitaciones de práctica para la obtención de su  habilitación comercial.