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3329/2008-Incorporacion-Hospedaje alternativo y alojamiento turistico

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3329/2008

VISTO:

La Ordenanza Preventiva y el Plan Regulador, y;

CONSIDERANDO:

Que, es necesario efectuar una reforma sobre las mismas a los fines de incorporara dos nuevos usos para todos los Distritos de la Planta Urbana (UPI, UC, UCM, UR1, UR2 y CRe).-

Que, los nuevos usos "Hospedaje Alternativo y Alojamiento Turístico Extrahotelero (casa o departamento)" no se encuentran contemplados en ningún distrito.-

Que, estos usos no implican ningún tipo de inconvenientes.-

Por ello, el Honorable Concejo deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad sancionar la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Incorpórese en el Plan Regulador y en el articulo 82 de la  Ordenanza Preventiva 2.381/01, Capitulo 6 Disposiciones Generales, Punto 6. 11. Normas Transitorias, los siguientes usos "Hospedaje Alternativo y Alojamiento Turístico Extrahotelero (casa o departamento)" en todos los distritos de la planta urbana (UPI, UC, UCM, UR1, UR2 y CRe).-

Articulo 2°: De forma.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Treinta días del mes de Junio del año Dos Mil Ocho.