3333/2008-Habilitacion-organizacion de fiestas infantiles
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL N° 3333/2008
VISTO:
La solicitud de habilitación de un local destinado al rubro "Organización de Fiestas Infantiles" presentado por el Sr. Caracoche Guillermo, con domicilio en calle Alberdi 1421, partido de San Antonio de Areco, que funcionaria en el inmueble sito en la calle Alberdi 1421, propiedad del Sr. Caracoche Guillermo, denominado catastralmente como Circo 1 - Secc. C - Qta. 37 a - PC. 8, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Plan Regulador no contempla en dicha zona el desarrollo de la actividad.-
Que, según Normas de Procedimiento de la Ordenanza Preventiva del Plan Regulador en el articulo 49 dice: "Los edificios afectados a usos no conforme podrán mantener el uso no conforme, sin modificación ni alteración alguna en sus locales y condiciones de uso. La interrupción del uso, sea por cambio de firma, venta, cese temporario de la actividad por mas de 180 días, implicara el cese definitivo del uso no conforme, pudiendo ser habilitado nuevamente, para un uso conforme". Y el articulo 50 dice: "Los usos no conformes que generan denuncias de vecinos, serán evaluados en forma particularizada por la O.T.M., pudiendo caducar el permiso de uso no conforme si se constatara perjuicio o peligrosidad o establecer medidas para evitar las molestias para la población del distrito de emplazamiento".-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por mayoría sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Autorizase como edificio con Uso No Conforme a aquel puesto a consideración por el Sr. Caracoche Guillermo, en Circo 1 - Secc. C Qta. 37 a - PC. 8 de nuestra localidad, el rubro (Organización de Fiestas Infantiles) en un todo de acuerdo a lo normado por los artículos 49°, 50°, 51°, 55° Y 56° del punto 6 (Normas de Procedimiento) de la Ordenanza N° 2.381/01, pudiendo proceder el mismo a iniciar y/o finalizar, según el caso, las tramitaciones de practica para la obtención de su correspondiente habilitación comercial.-
Articulo 2°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Treinta días del mes de Junio del año Dos Mil Ocho.-

