3376/2008-Habilitacion local-Venta de pollo y despensa
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL N° 3376/08
VISTO:
La solicitud de habilitación de un local destinado al rubro "Venta de pollo y despensa" presentado por la Sra. Ramírez Verónica, con domicilio en calle Rivadavia 646 partido de San Antonio de Areco, que funcionaria en el inmueble sito en la calle Arellano, propiedad del Sr. José Ramón Varela, denominado catastralmente como Circo I - Secc. A - Mz. 48 - Pc. 12, y;
CONSIDERANDO:
Que, en la zona propuesta por el peticionante ya existen locales de autoservicio, despensa, verdulería, los cuales fueron otorgados sus usos como "uso no conforme".-
Que, el Plan Regulador no contempla en dicha zona el desarrollo de la actividad.-
Que, según Normas de Procedimiento de la Ordenanza Preventiva del Plan Regulador en el articulo 49 dice: "Los edificios afectados a usos no conforme podrán mantener el uso no conforme, sin modificación ni alteración alguna en sus locales y condiciones de uso. La interrupción del uso, sea por cambio de firma, venta, cese temporario de la actividad por mas de 180 días, implicara el cese definitivo del uso no conforme, pudiendo ser habilitado nuevamente, para un uso conforme". Y el articulo 50 dice: "Los usos no conformes que generan denuncias de vecinos, serán evaluados en forma particularizada por la O.T.M., pudiendo caducar el permiso de uso no conforme si se constatara perjuicio o peligrosidad o establecer medidas para evitar las molestias para la población del distrito de emplazamiento".-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorícese como edificio con Uso No conforme a aquel puesto a consideración por la Sra. Verónica Ramírez, en la Circo I - Secc. A - Mz. 48 - PC. 12, de nuestra localidad, el rubro (Venta de Pollos y Despensa) en un todo de acuerdo a lo normado por los artículos 49°, 50°, 51 0, 55° Y 56° del punto 6 (Normas de Procedimiento) de la Ordenanza N° 2.381/01, pudiendo proceder el mismo a iniciar y/o finalizar, según el caso, las tramitaciones de practica para la obtención de su correspondiente habilitación comercial.-
Articulo 2°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Veintisiete días del mes de Octubre del año Dos Mil Ocho.-

