3539/2010-Incorporacion-Espectaculos tradicionales sin amplificacion
ORDENANZA REGISTRADO BAJO EL Nº 3539-10
VISTO:
La Ordenanza Preventiva y el Plan Regulador; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario efectuar una reforma sobre las mismas a los fines de incorporar un nuevo uso – Espectáculos Tradicionales de Areco sin amplificación “folklore, tango, guitarra, piano, acordeón – en el Distrito UPI;
Que en la zona ya existen bares y salones que solicitan el rubro.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por mayoría, sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º : Incorpórese al Plan Regulador y en el Artículo Nº 82 de la Ordenanza / Preventiva Nº 2.381-01, Capítulo 6 Disposiciones Generales. Punto 6.11.
Normas Transitorias, el siguiente uso: “Espectáculos Tradicionales de Areco sin amplificación “folklore, tango, guitarra, piano, acordeón”, en el Distrito UPI.
Artículo 2º : De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diez.