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3539/2010-Incorporacion-Espectaculos tradicionales sin amplificacion

                                                 ORDENANZA  REGISTRADO BAJO EL Nº 3539-10

 

 

 

VISTO:

                 La Ordenanza Preventiva y el Plan Regulador;  y

 

CONSIDERANDO:

 

                Que es necesario efectuar una reforma sobre las mismas a los fines de incorporar un nuevo uso – Espectáculos Tradicionales de Areco sin amplificación “folklore, tango, guitarra, piano, acordeón – en el Distrito UPI;

 

                Que en la zona ya existen bares y salones que solicitan el rubro.

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por mayoría, sancionar la siguiente:

 

                                                ORDENANZA

 

 

Artículo 1º :  Incorpórese al Plan Regulador y en el Artículo Nº 82 de la Ordenanza  / Preventiva Nº 2.381-01, Capítulo 6 Disposiciones Generales. Punto 6.11.

Normas Transitorias, el siguiente uso: “Espectáculos Tradicionales de Areco sin amplificación “folklore, tango, guitarra, piano, acordeón”, en el Distrito UPI.

 

Artículo 2º :  De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diez.