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3582/2010-Habilitacion local-venta, deposito y distribucion de materiales de construccion

ORDENANZA  REGISTRADA BAJO EL Nº 3582-10

 

VISTO:

              La solicitud de habilitación de un local destinado al rubro “Venta, Depósito y Distribución de materiales de construcción” presentado por el Sr. Bihari, Luciano como socio de la firma “Fidesmat S.R.L.”, con domicilio en la calle Sarmiento 1462 – piso 11 of. E de Capital Federal, que funcionaría con el inmueble sito en la calle S.L. Saigos y F. Pereyra, propiedad del Sr. Alfio Feo, denominado catastralmente como Circ. I – Secc.C – Mz. 26 A – Pc. 2;  y

                                                                           

CONSIDERANDO:

 

              Que el Plan Regulador no contempla en dicha zona el desarrollo de la actividad;

              Que según Normas de Procedimiento de la Ordenanza Preventiva del Plan Regulador en el artículo 49º dice:”Los edificios afectados a usos no conforme podrán mantener el uso no conforme, sin modificación ni alteración alguna en sus locales y condiciones de uso. La interrupción del uso , sea por cambio de firma, venta, cese temporario de la actividad por más de 180 días, implicará  el cese definitivo del uso no conforme, pudiendo ser habilitado nuevamente, para uso conforme”. T el artículo 50º dice: “Los usos no conformes que generan denuncias de vecinos, serán evaluados en forma particularizada por la O.T.M. , pudiendo caducar el permiso de uso no conforme si se constatara perjuicio o peligrosidad o establecer medidas para evitar las molestias para la población del distrito del emplazamiento”.

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad, sancionar la siguiente:

 

                                                    ORDENANZA

 

Artículo 1º :  Autorícese como edificio con Uso No Conforme a aquel puesto a consideración por el Sr. Bihari, Luciano como socio de la firma “Fidesmat S.R.L.”, en la Circ. I – Secc. C – Mz. 26 A – Pc. 2 de nuestra localidad, el rubro (Venta, Depósito y Distribución de Materiales de Construcción) en un todo de acuerdo a lo normado por los Arts. 49º, 50º, 51º, 55º y 56º del punto 6 (Normas de Procedimiento) de la Ordenanza Nº 2.381-01, pudiendo proceder el mismo a iniciar y/o finalizar, según el caso, las tramitaciones de práctica para la obtención de su correspondiente habilitación comercial.

 

Artículo 2º :  De forma.

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil diez